viernes, 27 de julio de 2007

CONCEPTO DE MIGRACIÓN


Propia definición que aparece en el Diccionario de la Real Academia Española (acción y efecto de pasar de un país a otro para establecerse en él) las reduce a la acción de emigrar, aunque inherente a la misma es la de inmigrar. Es decir, se adopta la postura del que abandona su país de origen con el deseo de establecerse en otro. Es más, mientras la emigración constituye un derecho establecido por la Declaración de los Derechos Humanos3, la inmigración sólo es posible si existe un país dispuesto a acoger al emigrante y sólo es legal si las normas del país receptor la reconocen como tal.

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